Un tribunal de Japón declaró inconstitucional la postura del gobierno de no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que supone la primera sentencia de estas características en el país.
En la sentencia emitida por el Tribunal de Distrito de Sapporo, en el norte del país, la jueza Tomoko Takebe sostiene que el rechazo del matrimonio entre personas del mismo sexo constituye “un trato discriminatorio sin base racional” y es contrario al artículo 14 de la Constitución japonesa, que garantiza la igualdad ante la ley.
El fallo podría influir en el debate sobre el reconocimiento del matrimonio homosexual a nivel nacional en Japón, donde actualmente sólo es reconocido con limitaciones por algunas administraciones municipales, entre ellas la de Sapporo, que emitió de forma pionera certificados para estas uniones, no vinculantes a nivel nacional.
Los demandantes, dos parejas de hombres y una de mujeres, forman parte de un grupo de 13 parejas que presentaron demandas el Día de San Valentín de 2019 en Sapporo, Tokio, Osaka y Nagoya, alegando que no reconocer el matrimonio homosexual viola la Carta Magna, que recoge la libertad de matrimonio y la igualdad jurídica.