Oficial: Aprueban “Ley Ingrid”, que castiga difusión de imágenes de víctimas de delito

Créditos: Aleida Alavez Ruiz

Con 470 votos la Cámara de Diputados aprobó la “Ley Ingrid”, con la que se busca sancionar las conductas que vulnere los derechos fundamentales de las víctimas de delito.

Por unanimidad, con 470 votos la Cámara de Diputados aprobó la “Ley Ingrid”, con la que se busca sancionar las conductas que vulnere los derechos fundamentales de las víctimas de delito, y castigue, tipifique y penalice a los servidores públicos, que revele o publique información relacionada con un procedimiento penal o hechos del delito.

Los diputados reformaron el artículo 225 del Código Penal Federal, que contempla como delito cometido por un servidor público el que por sí o por interpósita persona, por cualquier medio o fuera de los supuestos autorizados por la ley, fotografíe, copie, filme, audiograbe, videograbe, reproduzca, difunda, entregue, revele, remita, comparta, distribuya, publiqué, transmita, exponga, oferte, intercambie o comercialice imagen, audio, video, documento, información, indicio, evidencia u objeto alguno relacionado con alguna investigación penal, las condiciones personales de una víctima o circunstancias de hechos o hechos que la ley señale como delitos.

El diputado Felipe Fernando Macías Olvera, al fundamentar el dictamen por la Comisión de Justicia, explicó que lo que se busca es que no se repitan terribles casos de que servidores públicos que estaban encargados de resguardar lo que sucedió en una escena, sean los primeros en estar divulgando y difundiendo las imágenes, videos e información de la víctima, lucrando con la tragedia y haciendo aún más terrible ese momento para familiares y para seres queridos.

La diputada Ana María Balderas Trejo, del PAN, proponente de la reforma, mencionó que esta legislación será una contribución para penalizar la revictimización que se produce a través de los servidores públicos, desde el primer respondiente hasta los ministerios públicos, al emitir información no autorizada por sus seres queridos.

Las sanciones previstas serán de cuatro a 10 años de prisión y de 100 a 150 días multa, para quien cometa el delito contra la administración de justicia en su modalidad de los cometidos por los servidores públicos; se aumentarán en una tercera parte, en su mínimo y en su máximo, si la información que se difunda se refiera a mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad.

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