Uruguay publicó el decreto de reapertura de sus fronteras para extranjeros*

Esta semana El gobierno de Uruguay publicó el Decreto 279/021, el cual permite a partir del 1 de septiembre, el ingreso de extranjeros propietarios de inmuebles que acrediten estar vacunados contra el coronavirus, incluyendo a sus familiares.


Ricardo Domínguez, contador y titular de Rica Consultores. El especialista en trámites de residencia fiscal y legal de extranjeros en Uruguay especificó que quedará habilitado el ingreso al país para “extranjeros que sean propietarios de inmuebles y titulares de participaciones sociales o acciones de personas jurídicas y los beneficiarios finales de bienes inmuebles ubicados en el país, que acrediten estar inmunizados” contra el coronavirus, “a partir del 1 de septiembre de 2021 acompañados de sus familiares”.


Según se lee en en el decreto el permiso que entre los habilitados a ingresar al cónyuge o concubino del propietario y familiares “del primer y segundo grado de consanguinidad”. Es decir, “los propietarios, titulares de acciones, beneficiarios finales de inmuebles en Uruguay con sus familiares”. La familia, a efectos del ingreso por este mecanismo, quedó definida de la siguiente forma respecto al propietario, accionista, socio o beneficiario finales de inmuebles en Uruguay:

Uruguay suma, desde el inicio de la crisis, 384.531 casos de COVID-19, de los que 1.175 son personas que se encuentran cursando la enfermedad, 10 de estas ingresadas en centros de tratamientos intensivos (CTI).

El país sudamericano se mantiene en la zona amarilla del índice de Harvard, que acumula el promedio semanal de casos nuevos de COVID-19 cada 100.000 habitantes, con un registro de 2,88. De los 19 departamentos del país, cinco de ellos están en zona verde: Río Negro (oeste), Tacuarembó (noreste), Durazno (centro), Florida (centro) y Flores (suroeste) mientras que los restantes están de amarillo.

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