Corte de Apelaciones de Chile acoge recursos de amparo y deja sin efecto expulsión de ciudadanos venezolanos

En fallos unánimes (causas roles 30-2021, 36-2021, 38-2021 y 41-2021, más el recurso del INDH, que está con reserva), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pedro Güiza Gutiérrez, Marilyn Fredes Araya y Moisés Pino Pino– acogió las acciones constitucionales, tras establecer que las resoluciones administrativas impugnadas, adoptadas por la Intendencia Regional de Tarapacá, carecen de fundamento legal.

Las resoluciones agregan: “Que por otro lado, el hecho que la autoridad competente hubiera formulado la correspondiente denuncia por el ingreso ilegal, para inmediatamente desistirse de ella, lleva a que se extinga la acción penal hecha valer, de suerte que para decretar posteriormente la expulsión del país de los amparados por medio del respectivos decretos que ha dictado, necesita de una carga argumentativa superior a la meramente formal, como aquella que aparece en las resoluciones atacadas, que se fundan únicamente en las disposiciones legales y reglamentarias que cita, así como en la circunstancia no controvertida del ingreso de los amparados al territorio nacional por un paso no habilitado”.

“Por ende no corresponde a la recurrida como autoridad administrativa, imponer esta sanción de carácter tan gravoso, sin contar con el necesario fundamento legal, y más aún como en el caso de autos, donde la responsabilidad penal de los amparados, en la que podía motivarse una decisión como aquella, nunca fue establecida por la autoridad judicial competente”.

“Que todo lo anterior lleva a concluir que la presente acción constitucional deberá ser acogida, al afectar la libertad ambulatoria de las personas amparadas, sujetas a la medida de expulsión del territorio nacional”, concluye.

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