El Congreso de Sinaloa aprobó el matrimonio igualitario, hecho al que se le dio luz verde por unanimidad con el voto de los 23 legisladores de ese organismo.
“¡Sí al matrimonio igualitario! Con el voto unánime de 23 diputadas y diputados, el Congreso del Estado de Sinaloa reformó los artículos 40 y 165 del Código Familiar con la finalidad de extender las figuras del matrimonio y el concubinato a las personas del mismo sexo”, se informó en redes sociales.
Hasta la fecha, en México 14 entidades han aprobado el matrimonio entre personas del mismo sexo: Ciudad de México, Campeche, Chihuahua, Colima, Coahuila, Michoacán, Morelos, Nayarit, Hidalgo, Baja California Sur, Oaxaca, San Luis Potosí, Tlaxcala y Quintana Roo.
En el caso de otros seis estados se ha reconocido por orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN): Chiapas, Puebla, Jalisco, Nuevo León, Baja California y Aguascalientes.
Artículos modificados
Al artículo 40 establecía que: “El matrimonio es una institución por medio de la cual se establece la unión voluntaria y jurídica de un hombre y una mujer, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, con la posibilidad de generar la reproducción humana de manera libre, responsable e informada. Cualquier condición contraria a estos fines, establecida por los cónyuges, se tendrá por no puesta”.
Mientras que el 165 se refiere al concubinato de la siguiente manera: “El concubinato es la unión de un hombre y una mujer quienes, sin impedimentos legales para contraer matrimonio, hacen vida en común de manera notoria, permanente, han procreado hijos o han vivido públicamente como marido y mujer durante dos años continuos o más. No se considerará concubinato, cuando haya varias uniones de este tipo, con una misma persona”.